Estimado/a compañero/a y amigo/a:

            Nuevamente me pongo en contacto contigo para informarte de las últimas decisiones adoptadas por nuestro Colegio, del contenido del Real Decreto Ley 10/2020 del día de hoy, así como facilitarte toda la información que recibimos para conocimiento de la abogacía.

            La Junta de Gobierno se reunió el pasado viernes 27 de marzo, en sesión no presencial, por videoconferencia, en la que examinamos, entre otros asuntos, los siguientes:

  1. Organización del teletrabajo del personal. Se constató el cumplimiento durante el transcurso de la semana del objetivo de poner al Colegio en disposición de mantener su actividad mediante teletrabajo del personal.

  2. Videoconferencias en la asistencia a detenidos del juzgado de guardia. El pasado jueves 26, y en estrecha colaboración con la Jueza Decana de Elche, se realizaron las pruebas para la implantación de videoconferencias en la asistencia a declaraciones en el juzgado de guardia por los abogados, desde su ordenador o dispositivo móvil mediante el programa gratuito Cisco WebexMeetings. La Diputada Primera Dª Mónica San Emeterio mantiene contacto con los compañeros involucrados en la lista del turno penal general para facilitarles la información imprescindible para el uso del programa.

         Tras conocerse en la tarde noche de ayer sábado día 28 la decisión del Gobierno de España de incrementar las limitaciones a la movilidad se adoptaron decisiones en orden al funcionamiento del Colegio a partir del lunes 30 y se realizaron gestiones con la Presidenta del CGAE, a solicitud de compañeros, en orden a instar del Ministerio de Justicia la consideración de la actividad de la abogacía, en relación con los ERE y ERTE, como esencial.

            Por lo que se refiere al funcionamiento del Colegio a partir del lunes 30, la generalidad de la plantilla estará trabajando en casa mediante teletrabajo, conectada tanto telefónicamente como por correo electrónico, en los números de teléfono y cuentas de correo habituales, mediante desvío de llamadas y acceso en la nube. Tan solo permanecerá una persona en la sede colegial, como retén de guardia, para dar soporte al turno de oficio, y garantizar el mantenimiento de todos los sistemas. Queda prohibido el acceso a la sede colegial a cualquier otra persona.

            Real Decreto Ley 10/2020 sobre permiso retribuido recuperable. El ámbito de aplicación de la norma parecen ser los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios. No parecen ser objeto de la norma los trabajadores por cuenta propia.

            Los abogados que ejercen la profesión por cuenta ajena, así como los empleados de los despachos de abogados, quedan dentro del ámbito de aplicación de la norma, y les es aplicable el permiso retribuido recuperable con las excepciones previstas en el anexo, epígrafes 14, relativo a servicios a víctimas de violencia de género, 15, relativo a abogados que asistan a actuaciones procesales no suspendidas por el Real Decreto 463/2020 por el que se declaró el estado de alarma, y epígrafe 16 relativo a abogados que presten servicio en cuestiones urgentes.

             Los abogados que ejercen la profesión por cuenta propia no parecen ser objeto de tratamiento en el RDL 10/2020, por lo que su limitación de movimientos parece ser la que se estableció en el RDL 463/2020 de declaración del estado de alarma vigente desde el día 16 de marzo. En la misma situación parecen encontrarse el resto de profesionales liberales por cuenta propia y los autónomos.

             A pesar de lo anterior, sin perjuicio de la opinión que el RDL 10/2020 nos pueda merecer, desde el Colegio no podemos más que invitar a los compañeros a la adopción de las máximas medidas de protección y, en su caso, aislamiento domiciliario.

            Se aconseja que ante cualquier desplazamiento se tenga a disposición de la policía el carnet profesional; a los abogados de guardia se aconseja vayan provistos del saluda del Colegio en el que se comunicó su fecha de guardia. Más, quienes tengan su despacho profesional fuera de la ciudad de Elche, y precisen desplazarse a la Ciudad de la Justicia, pueden solicitar al Colegio, gratuitamente una certificación en la que constará el domicilio profesional que consta en los archivos colegiales, para así poder justificar desplazamientos desde Crevillent, Santa Pola, u otras ciudades hasta Elche.

             Los turnos de guardia del Colegio mantienen su actividad en la Ciudad de la Justicia, con medidas de protección bastantes e iguales para todos los intervinientes. Desde la Junta de Gobierno hemos realizado con éxito gestiones, ante la Consellería de Justicia, y ante el Ayuntamiento de Elche, para garantizar la disponibilidad de material de protección. Esas gestiones se mantendrán durante todo el período de alarma. Se dispone de material de protección en la Comisaría de policía, aunque de momento no se dispone de la posibilidad de videoconferencia. En la Guardia Civil no nos consta material de protección y no se dispone de videoconferencia. Quienes sean llamados a prestar efectivamente asistencias en dichos centros de detención podrán solicitar mascarilla al Colegio, si no disponen de una personal.

            Cualquier incidencia en los turnos de asistencia debe ser comunicada inmediatamente al Colegio. Adicionalmente la Diputada Primera Dª Mónica San Emeterio centraliza todas las actuaciones en materia de turnos de guardia, y atenderá personalmente cualquier incidencia, si fuere necesario.

            Se siguen recibiendo en el Colegio una multiplicidad de comunicaciones, relativas a materias muy variadas, que afectan a la profesión. A esta circular se acompañan hasta 16 archivos, en los que podrás encontrar comunicaciones relativas a consulta sobre la forma en la que habrá de procederse en el momento en que pierda vigencia la suspensión de plazos procesales, acta de la junta sectorial de jueces de familia de Alicante, de unificación de criterios en materia de guarda y custodia, nota interior y nota informativa del CGPJ en materia de medidas preventivas por COVID19, curso COVID19 en materias laboral y fiscal de la editorial Tirant, así como DOSIER COVID19 de la misma editorial, oficio del Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante sobre mediación, comunicado de la oficina de extranjería de Alicante, instrucción del S.G. de la Administración de Justicia sobre gestión de la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales, acta de la comisión autonómica de seguimiento del COVID19 TSJ CV, nota de prensa del CGPJ de incorporación de los Colegios de Abogados a las comisiones de seguimiento del COVID19, resolución de la Consellería de Justicia en materia de servicios mínimos, respuestas a preguntas frecuentes sobre derecho de asilo (Ministerio del Interior) y manual del abogado respuesta legal e institucional al COVID19 del CGAE, RDL 9/2020 de medidas complementarias en el ámbito laboral. Confío que disponer de estos documentos, y de los que antes se remitieron en unión de otras circulares, te permita resolver las dudas que puedas tener.

https://abogacia-my.sharepoint.com/:f:/g/personal/colegio_icae_es/Eh7O4URQlN5Dmn3VWUCDluIBH72U5G8hIR_u14i8ovcRIQ?e=MfdmCm

            Por último os reitero que el colegio sigue atendiendo, telefónicamente y por correo electrónico, para tratar de dar soporte a la actividad que, dentro de los límites del RD de estado de alarma, todos tratamos de mantener, unos desde los despachos, otros teletrabajando desde casa.

            Recibe muchos ánimos y un afectuoso saludo,

            Fdo.: Vicente Pascual Pascual

                     Decano ICAE