Estimados Compañeros:

         En primer lugar, deseo que todos estéis bien y que poco a poco os vayáis adaptando a la nueva situación y a los necesarios cambios que ello ha de suponer en nuestro trabajo.

         El funcionamiento del Turno de Oficio, como es obvio, no escapa ni a la necesaria vuelta a esta situación ni a las nuevas necesidades que ello conllevará y que paso a detallaros por medio de la presente circular.

         En ella, como en las anteriores, tratamos de detallar al máximo posible todos los pasos a seguir en cada actuación, pudiendo consultar tanto esta como las anteriores circulares en la página web del ICAE , por lo que os ruego que, en caso de duda, primero comprobéis si dicha información consta en las circulares antes de requerir una atención personal sobre cuestiones generales ya circularizadas que en ocasiones es imposible dispensar.

FUNCIONAMIENTO DEL SOJ

         El Servicio de Orientación Jurídica ha seguido atendiendo telefónicamente cuantos asuntos le han sido requeridos. A partir del día 4 de Junio, dicho servicio volverá a prestar su atención en las dependencias de la Ciudad de la Justicia, previa cita y con las medidas sanitarias de seguridad correspondientes.

JUSTIFICACION DE ACTUACIONES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA.

PRESENTACION DE TALONES

         De conformidad con la anterior Circular las actuaciones correspondientes al 2ª Bimestre de 2020, se han venido presentando, excepcionalmente, por correo electrónico. Las actuaciones justificadas durante dicho periodo han sido Certificadas en el citado Bimestre.

         A efectos de evitar la masiva asistencia de Letrados al Palacio de Justicia, la Junta de Gobierno del Colegio, a propuesta de esta Comisión, ha acordado proceder a través del personal del ICAE a la impresión y posterior sellado de cuantos talones se han presentado para su certificación en el segundo Bimestre, a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa en este sentido, por lo que, se dispensa de la presentación de dichos talones y justificaciones en papel.

         No obstante, los letrados deberán conservar en depósito tanto el talón como el proveído que acredite la actuación justificada por si fueran preceptivas posteriores comprobaciones.

         Este sistema se seguirá con todas las actuaciones justificadas durante todo el mes de Mayo y las que se justifiquen hasta el 5 de Junio , incluido.

                   JUSTIFICACION DE ACTUACIONES A PARTIR DEL 5 DE JUNIO

         Sin embargo, las actuaciones que se justifiquen a partir del día 6 DE JUNIO, NO SE ADMITIRAN a través del correo electrónico en su día habilitado, debiendo volver al sistema anterior, por el cual se deberá emitir el talón, recoger el sello en sede judicial y presentarse en el Colegio en papel.

         Las justificaciones, se recepcionarán, de momento y hasta nuevas instrucciones UNICAMENTE en la SEDE COLEGIAL DE LA CIUDAD DE LA JUSTICA, a la vista de que de momento, el Colegio permanecerá cerrado al público.

         Por lo tanto, a partir de dicha fecha se dejará sin efecto la presentación telemática de dichos talones, no validando ninguno que llegue por esta vía.

         PRESENTACION DE PARTES DE ASISTENCIA AL DETENIDO Y VICTIMAS Y SOLICITUDES DE JUSTICIA GRATUITA

            GUARDIAS REALIZADAS DESDE EL 14 DE MARZO HASTA EL 5 DE JUNIO.

         En este caso, y siendo indispensable el impreso original de Solicitud de Justicia Gratuita, deberán presentarse TODAS LAS GUARDIAS REALIZADAS DURANTE ESTE PERIODO, junto con las correspondientes solicitudes de Justicia Gratuita debidamente firmadas, o en su caso, con copia de la declaración que acredite la actuación por via telemática, en la que necesariamente debe constar el consentimiento del asistido para la descarga de sus datos de caracter económico, en los términos ya establecidos en la anterior circular. . La ausencia de firma y/o en su caso, dicha autorización, invalidará la tramitación del Expediente de Justicia Gratuita, con las consecuencias inherentes a ello.

         Deberá presentarse un sobre cerrado, en el que se deberá identificar debidamente nombre del Letrado, número de Colegiado y fecha de la guardia, debiendo incluirse en el mismo, el Parte de Guardia con los datos y los expedientes de Justicia Gratuita que se hayan tramitado debidamente cumplimentadas.

         En el caso de que se trate de Guardia sin ASISTENCIA, deberá igualmente presentarse el parte de asistencia en la misma manera anteriormente indicada.

         Dichos documentos se recepcionarán bien en la SEDE COLEGIAL DE LA CIUDAD PALACIO DE JUSTICIA, bien a través del BUZON DE LA SEDE COLEGIAL de la C/ Maestre Alfred Javaloyes.

         GUARDIAS A PARTIR DEL 6 DE JUNIO

         A partir del dia 6 de Junio, las guardias deberán presentarse, en el plazo de 72 horas, en cualquiera de las sedes judiciales en los términos ya señalados

         En el caso de que la declaración de realice por medios telemáticos, deberá acompañarse copia de la declaración del asistido en la que preste su consentimiento para la descarga de datos económicos, en los mismos términos en los que ha venido haciéndose hasta ahora.

         Se deberán presentar en el mismo plazo, las Guardias sin asistencia para su control.

TRAMITACION Y JUSTIFICACION DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES Y SUMARIOS DE FAMILIA ESTABLECIDOS EN EL ART. 3 Y SS DEL RD 16/2020 DE 28 DE ABRIL

            Por acuerdo de la Comisión del TO de 4 de Mayo de 2020, se ha acordado que, la tramitación de dichos asuntos, tanto en calidad de demandantes como demandados, se deberá tramitar un NUEVO EXPEDIENTE DE JUSTICIA GRATUITA, lo que acarreará una nueva designación de profesionales.

         No obstante podrá recaer en el mismo letrado que haya tramitado el procedimiento del que deriven las medidas cuyo reequilibrio se insta, siempre y cuando el Letrado designado en el mismo justifique la conexidad entre ambos y acompañe petición expresa para ello junto con la solicitud de Justicia Gratuita.

         Dichos procedimientos, en TODOS LOS CASOS, se justificarán como PROCEDIMIENTO DE FAMILIA, contencioso o de mutuo acuerdo, según proceda, debiendo consignarse en el apartado de OBSERVACIONES de SIGA, que se trata de este procedimiento especial.

TRAMITACION DE SOLICITUDES DE SUSPENSION DE LANZAMIENTO EN PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIONES HIPOTECARIAS

         El Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo ha ampliado cuatro años más el plazo para solicitar la suspensión del lanzamiento en los supuestos contemplados en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructura de deuda y alquiler social.

         Ante esta nueva situación, se impone establecer un criterio de actuación para los letrados de oficio que reciban el encargo de instar la suspensión del lanzamiento conforme a la referida ley.

         A tal efecto, cabe distinguir dos supuestos:

         1.- Ejecuciones Hipotecarias en las que no se haya solicitado la suspensión del lanzamiento. En este caso, será el letrado designado quien deba llevar a cabo la actuación, con independencia de la fecha de su designación. El letrado justificará su actuación, como hasta ahora se viene haciendo, como INCIDENTES (50%), dentro del módulo de Ejecución de Sentencia.

         2.- Ejecuciones Hipotecarias en las que, con anterioridad, se hubiera solicitado la suspensión del lanzamiento. Dado que el referido módulo sólo admite una justificación por procedimiento, los letrados que ya hubieran justificado esta actuación no podrán volver a hacerlo. En esta tesitura, el letrado podrá optar entre llevar a cabo la actuación (sin posibilidad de justificación) o derivar al interesado al SOJ para que inste una nueva solicitud de justicia gratuita y le sea designado nuevo letrado.

            Las medidas que se os comunican se adoptan a la vista de las actuales circunstancias y con adaptación a la información que sobre el funcionamiento de los Juzgados y acceso al Palacio de Justicia y sedes colegiales tenemos en este momento, procediendo a informaros de inmediato en cuanto dichas circunstancias se modifiquen o se vayan adoptando decisiones que requieran la adopción de nuevas medidas.

         Sin otro particular, como siempre, recibid un cordial saludo.

Fdo.: Mónica San Emeterio Gil
Diputada 1ª del ICAE
Presidenta de la Comisión del Turno de Oficio