Saltar al contenidoEl fiscal del TS pide la estimación del recurso del CVCA contra el Decreto del Consell que excluye a la Abogacía mutualista de las ayudas a autónomos por la COVID-19
El TS admitió el recurso el octubre pasado y precisó que se debe determinar si “existe un trato discriminatorio, contrario al principio de igualdad proclamado en el artículo 14 de la Constitución española”
El fiscal del TS pide la estimación del recurso de casación tras ser admitido por el alto tribunal, pese a la oposición de la Abogacía de la Generalitat
El fiscal del Tribunal Supremo ha solicitado a ese Tribunal la estimación del recurso de casación interpuesto por el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados y el Consejo Valenciano de Colegios de Procuradores, contra la Sentencia del TSJCV que entendió ajustado a derecho el Decreto del Consell que excluía a la Abogacía mutualista de las ayudas a autónomos por la COVID-19.
Así se ha pronunciado el fiscal del TS en su informe después que el alto tribunal admitiera el recurso interpuesto por el CVCA, por presentar interés casacional. La cuestión a determinar es si la no inclusión de los abogados/-as y procuradores mutualistas en el Decreto 44/2020, de ayudas a los autónomos de la Generalitat, “implica un trato discriminatorio, contrario al principio de igualdad proclamado en el artículo 14 de la Constitución española”, según reza el auto.
El CVCA presentó el recurso de casación ante el TS, contra la desestimación de la demanda presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por considerar injusta la exclusión de los mutualistas de las ayudas económicas derivadas de la COVID.
A juicio del CVCA las ayudas aprobadas por el Consell atentan contra el principio constitucional de igualdad, dado que no van a cargo de la Seguridad Social sino del presupuesto de la Generalitat, que se nutre con los impuestos de toda la ciudadanía y, sin embargo, sólo van destinadas a los autónomos que cotizan a la Seguridad Social, impidiendo el acceso a quienes, conforme está establecido legalmente, cotizan en las mutualidades profesionales de previsión social alternativas a la Seguridad Social. Caso de los abogados/-as y procuradores.
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